La Carrera Profesional

 

¿De que formas puede un Graduado o un Ingeniero Técnico Industrial ejercer la profesión?

  • Ejercicio Libre (Cuenta Propia)
  • Asalariado (Cuenta Ajena)
  • Ejercicio Mixto (Cuenta Propia y Cuenta Ajena)
  • A través de Sociedades.

 

Ejercicio Libre (El Profesional Autónomo)

Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos

A los efectos de este Régimen Especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que en el interesado concurre la condición de trabajador por cuenta propia o autónomo si el mismo ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo.

 

Normativa:

Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Seguridad Social

Alta, baja y variación de datos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

La iniciación de la prestación de los servicios o el cese de la misma debe ser comunicado a la Tesorería General de la Seguridad Social.

La solicitud de alta, cuya presentación es responsabilidad del trabajador autónomo, contendrá los datos relativos al ejercicio de su actividad.

Web Seguridad Social.

 

Más información:

La Organización de Profesionales y Autónomos (O.P.A.) es una organización sin animo de lucro que nace para defender los derechos e intereses de los Profesionales, Autónomos, microempresarios y empresas familiares en toda España

http://www.opa.es/

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de España (UPTA), es una Confedración de Federaciones, Asociaciones y Uniones de Trabajadores Autónomos de todos los ámbitos territoriales y sectoriales de España, constituida al amparo de lo establecido en la Ley 19/77 de 1 de abril y R.D. 873/77 de 22 de abril, convalidada y adaptada su personalidad jurídica, y correspondiente registro, por la disposición Transitoria Primera de la Ley 20/2007, de 11 de Julio, y tiene adaptado sus Estatutos a lo previsto en la citada Ley.

http://www.upta.es

 

CONTRATOS LABORALES

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