Este seguro nació como resultado de la búsqueda a través de nuestro Consejo General de una póliza para todos los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de España, ante las dificultades que los últimos años presentaba el mercado asegurador y con el objetivo de alcanzar las mejores condiciones de cobertura y de prima.
Las reclamaciones por responsabilidad civil, ya sean judiciales o extrajudiciales, dirigidas a un ingeniero técnico industrial asegurado en la póliza, objeto de cobertura por la póliza de responsabilidad civil profesional, deben COMUNICARSE LO ANTES POSIBLE, a la Asesoría Jurídica de ADARTIA Correduría de Seguros S.A. En los casos de reclamación judicial es vital para una adecuada defensa del asegurado, la mayor rapidez y diligencia en esta comunicación, debido a la perentoriedad de los plazos de contestación a la misma.
En caso de CONOCIMIENTO por parte de un ingeniero asegurado DE HECHOS que PUDIESEN DAR LUGAR a una POSIBLE RECLAMACIÓN por responsabilidad civil profesional, a pesar de que no se haya producido reclamación formal por medio fehaciente, DEBEN PONERLO EN CONOCIMIENTO de ADARTIA facilitando toda la información, documentación y asistencia personal que se le requiera.
Contacta con Secretaría Técnica del Colegio para recibir información sobre el procedimiento a seguir.
Teléfono 983-304078.
* En caso de CONOCIMIENTO por parte de un ingeniero asegurado DE HECHOS que PUDIESEN DAR LUGAR a una POSIBLE RECLAMACIÓN por responsabilidad civil profesional, a pesar de que no se haya producido reclamación formal por medio fehaciente, DEBEN PONERLO EN CONOCIMIENTO de ADARTIA.
Descargar el Boletín en formato de Acrobat: Boletín de Solicitud de Alta
Aquellos colegiados que deseen pasar a la modalidad de asegurado inactivo por cese definitivo y permanente ejercicio profesional (jubilación, incapacidad profesional, etc.) deben notificarlo a Adartia mediante formulario al efecto: Solicitud de Cambio en Modalidad
* El pase a la situación de asegurado inactivo está vinculada al hecho de estar colegiado.
Para el presente año el Colegio ha renovado con la aseguradora Mapfre Industrial la póliza de Responsabilidad Civil Profesional para la cobertura del ejercicio de nuestra actividad profesional.
Este seguro nació como resultado de la búsqueda a través de nuestro Consejo General de una póliza colectiva para los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de España, ante las dificultades del mercado asegurador y con el objetivo de alcanzar las mejores condiciones de cobertura y de prima.
Esta póliza se ha creado a medida de las necesidades de nuestra profesión y ofrece una respuesta adecuada a la actividad que desempeñes: funcionario, asalariado, libre ejerciente, recién licenciado,…
Entre las características de la póliza destacamos las siguientes:
- La cobertura está limitada a los trabajos que dispongan del visado y/o verificación técnica documental profesional del Colegio Tomador del Seguro y a las actuaciones de los funcionarios que, como Ingenieros Técnicos Industriales presten sus servicios en cualquier Administración Pública.
- Límite por Asegurado/Año de 3.500.000 €. (Excepción: Recién Licenciado siempre que no realice trabajos que el año superen un total de 500.000 € de ejecución material .)
- Límite máximo por anualidad de seguro para la totalidad de asegurados de 60.000.000 €.
- Sin Franquicia.
- Opción ampliación límite asegurado hasta 4.500.000 €.
- Inclusión expresa del Ingeniero en su actividad como OCA (Certificado favorable de Organismo de Centro Autorizado).
- Inclusión de la cobertura de Responsabilidad Civil de Accidentes de trabajo, hasta el límite asegurado con un sublímite por víctima de 450.000 €.
- Cobertura para personas físicas y personas jurídicas unipersonales así como sociedades y sociedades profesionales conforme a la ley 2/2007 de 15 demarzo formadas por Ingenieros Técnicos Industriales asegurados en la póliza colectiva.
- Cobertura para Sociedades Profesionales Multidisciplinares inscritas en el Colegio Tomador del Seguro respecto de la actividad profesional que haya sido visada por un Colegiado asegurado en la póliza
- Cobertura para toda la actividad previa realizada siempre y cuando se esté dado de alta en Póliza: Retroactividad Ilimitada.
- Ámbito geográfico:Mundial Excepto Usa y Canadá.
- Coberturas incluidas: Coordinador de seguridad y salud inhabilitación profesional, contaminación accidental, daños a expedientes, daños patrimoniales puros, defensa jurídica, costas procesales y fianzas civiles y penales.
- Clausula de Reclamación a contrarios.
- Inactivos (incapacidad profesional, retiro, cese, etc) con póliza anterior: Cobertura gratuita.
Más información: Seguro RC Profesional
NOTA SOBRE COBERTURA MINIMA DE SEGURO
La Consejería de Empleo e Industria de la JCyL ha publicado el DECRETO 17/2021, de 26 de agosto, por el que se regula el Registro Industrial de Castilla y León y las responsabilidades de los agentes en materia de seguridad industrial.
El Decreto establece en su artículo 19 que los proyectistas y directores de obra, cuya actividad se regula en el artículo 11 de la Ley 6/2014 de Industria de CyL, deberán de disponer de un seguro de responsabilidad profesional por importe mínimo de un millón de euros por siniestro, para responder de los posibles daños causados por su desempeño profesional dentro del ámbito de aplicación de la citada Ley.
En este sentido, el seguro que el Colegio tiene contratado supera ampliamente este mínimo, por lo que los colegiados asegurados satisfacen este requisito.
Ver Decreto
Boletín de Solicitud de Seguro
Descargar el Boletín en formato de Acrobat: Boletín de Solicitud de Alta
Asegurado Inactivo/Bajas del Seguro
Aquellos colegiados que deseen pasar a la modalidad de asegurado inactivo por cese definitivo y permanente ejercicio profesional (jubilación, incapacidad profesional, etc.) deben notificarlo a Adartia mediante formulario al efecto:
Solicitud de Cambio en Modalidad
El pase a la situación de asegurado inactivo está vinculada al hecho de estar colegiado.
Como actuar en caso de siniestro:
Las reclamaciones por responsabilidad civil, ya sean judiciales o extrajudiciales, dirigidas a un ingeniero técnico industrial asegurado en la póliza, objeto de cobertura por la póliza de responsabilidad civil profesional, deben COMUNICARSE LO ANTES POSIBLE, a la Asesoría Jurídica de ADARTIA Correduría de Seguros S.A. En los casos de reclamación judicial es vital para una adecuada defensa del asegurado, la mayor rapidez y diligencia en esta comunicación, debido a la perentoriedad de los plazos de contestación a la misma.
El asegurado debe tener en cuenta que, en el momento en que exista conocimiento de una reclamación o posibilidad de ello, el asegurado debe poner en conocimiento este hecho y colaborar con la Compañía facilitando toda la información, documentación y asistencia personal que se le requiera.
La comunicación deberá realizarse aportando la siguiente documentación:
Contacta con Secretaría (983-304078) a la mayor brevedad para iniciar el procedimiento de comunicación a la Correduría de Seguros.
Finalmente deseamos destacar la recomendación de dotarse siempre de una correcta cobertura de los riesgos propios de nuestra profesión, pues previniendo el riesgo y suscribiendo una cobertura aseguradora adecuada, aumentamos nuestra seguridad.
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En el Siguiente enlace puedes acceder a un documento con preguntas y respuestas sobre la responsabilidad civil profesional y sobre los seguros de responsabilidad civil profesional: